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Gestión de datos de investigación.

Guía diseñada para entender qué son los datos de investigación y herramientas para gestionarlos

Programas financiadores vigentes

El nuevo programa marco, Horizonte Europa (2021-2027) sigue con la consolidación del acceso abierto para los resultados de la investigación financiada con fondos públicos.

  • Acceso abierto obligatorio para las publicaciones: los beneficiarios se asegurarán de que ellos o los autores conservan los derechos de la propiedad intelectual necesarios para cumplir los requisitos de acceso abierto.
  • Garantizar el acceso abierto a los datos de investigación: de conformidad con el principio «tan abierto como sea posible y tan cerrado como sea necesario».

Los requisitos fundamentales son:

  • Gestionar los datos bajo los principios FAIR
  • Hacer y mantener un Plan de Gestión de Datos
  • Depositar lo antes posibles los datos en un repositorio
  • Para las licencias:
    • Bajo licencia CC-BY o CC0, siguiendo la máxima de tan abierto como se pueda, tan cerrado como sea necesario
    • Depositar los metadatos bajo una licencia CC0
    • Los costos de Research Data Management (RDM) son elegibles para reembolso.
  • Uso de la Nube Europea de la Ciencia Abierta.
Fuente: Comisión Europea

La convocatoria del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 establece en sus Principios Rectores que los programas se desarrollarán en lo que respecta al apartado de Transparencia y rendición de cuentas de las ayudas concedidas presentando:  

"Acceso abierto a resultados, entendidos como publicaciones científicas y datos de investigación, de las actividades subvencionadas con recursos públicos. Además, los datos de investigación deberán seguir los principios FAIR y, siempre que sea posible, difundirse en abierto".

En la convocatoria 2021 se incluyen los siguientes aspectos relativos a los datos de investigación:

  • No hay que incluir en la solicitud del proyecto el Plan de Gestión de Datos (PGD): en la memoria científico-técnica de la propuesta solamente se deberá incorporar una descripción inicial que contenga qué datos se van a recoger o generar en el marco del proyecto (tipologías y formatos), cómo será el acceso a los mismos (quién, cómo y cuándo se podrá acceder a ellos), de quién son los datos y en qué repositorio está previsto su depósito, difusión y preservación. Así mismo, se recogerán, en su caso, las condiciones éticas o legales específicas que los regulen (ej. privacidad de los datos y su reglamentación; datos protegidos o protegibles por propiedad intelectual o industrial, etc.) que condicionen su disponibilidad, uso y/o reutilización.

  • El PGD se deberá presentar, si así es requerido, junto con los informes de seguimiento intermedio y final del proyecto financiado. Así mismo, se recomienda la publicación en acceso abierto del PGD junto a los datasets utilizados, y en formato legible por máquina

  • Los datos de investigación resultantes de proyectos financiados con fondos públicos sean siempre FAIR y, siempre que sea posible, abiertos.

  • Se han de depositar en repositorios de acceso abierto todos los. datos que subyacen a la investigación, esto es, los datos brutos generados o producidos en el transcurso de la investigación

  • Se deberán publicar, junto a los artículos científicos, los datos finales que sean necesarios para garantizar la verificación y reproducibilidad de los resultados presentados.

  • En el depósito y publicación de los datos se deberá tener en cuenta: la protección de datos personales, aspectos éticos y los requisitos específicos de las editoriales científicas.

Instrucciones para rellenar la memoria científico-técnica

EXCEPCIONES

En el artículo 6 de la Orden CIN/1360/2021, de 3 de diciembre, se detallan las excepciones a obligatoriedad del acceso abierto a los datos de investigación de las ayudas públicas en el marco del Plan Estatal:

  • Excepciones a obligatoriedad del acceso abierto:
    • Cuando se prevea que los datos generados en la investigación y los resultados de la investigación realizada puedan ser sometidos a solicitud de la protección de derechos de propiedad industrial o intelectual.

    • Cuando por su naturaleza los datos estén sujetos a la protección de datos de carácter personal o cuando afecten a la seguridad pública.

 

 

"La ciencia excelente y abierta constituye uno de los pilares del Objetivo 4 (Generación de conocimiento y liderazgo científico). El impulso a un modelo de Ciencia Abierta favorecerá la generación de conocimiento de alta calidad e impacto, así como su transmisión a la sociedad, elemento que se relaciona directamente con el Eje de actuación 5 (fomentar y apoyar la generación de capacidades científicas e innovadoras en los agentes del SECTI)"

Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 (EECTI)

Programas financiadores anteriores

Fuente: REBIUN. Como cumplir con los mandatos sobre gestión y publicación de datos

 

En el acuerdo de subvención que firman los investigadores H2020 AGA – Annotated Model Grant Agreement,  2021. v5.2 destacamos el art. 29 de difusión de resultados, acceso abierto y visibilidad de la financiación:

  • Artículo 29.1:  Obligación de difundir los resultados, a no ser que vaya en contra de sus intereses legítimos, cada investigador debe difundir sus resultados tan pronto como sea posible. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 27, 36, 37 y 39

  • Artículo 29.2: Acceso Abierto a las publicaciones científicas revisadas por pares. Tan pronto como sea posible, en un repositorio, de artículos, y también monografías, comunicaciones a congresos, etc… sobre todo versión publicada, pero también versión aceptada.

  • Artículo 29.3:  Acceso Abierto a los datos de investigación. La Comisión Europea pone en marcha una iniciativa piloto de datos de investigación denominada "Open Research Data Pilot in H2020 (ORD Pilot)" para depositar los datos en abierto en un repositorio de datos, permitiendo validar los resultados de las publicaciones científicas

Plan estatal de investigación científica, y técnica y de innovación 2017-2020

 

Los datos de investigación.  

  • Deberán depositarse en repositorios institucionales, nacionales y/o internacionales antes de que transcurran dos años desde la finalización del proyecto.
  • Se debe presentar un Plan de Gestión de Datos de investigación
Biblioteca de la Universidad de Extremadura

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